El Senasa simplificó la certificación de embalajes que encarecía las exportaciones
En línea con la política de simplificación del Estado que impulsa el gobierno de Javier Milei, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó la Resolución 450/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, que modifica de manera integral el sistema de certificación y control de embalajes de madera utilizados en exportaciones.
“El objetivo central es desburocratizar el comercio de embalajes de madera, adaptando los procedimientos a estándares internacionales actualizados y promoviendo una gestión más eficiente, sin afectar los controles sanitarios”, destaca el texto de la norma.
La resolución reemplaza y actualiza artículos clave de la Resolución 199/2013 del Senasa y elimina trámites duplicados que regían hasta ahora. Entre ellos, la llamada Autorización Fitosanitaria de Embalajes de Madera de Exportación (Afeme) y, en determinados casos, el uso del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal Electrónico (DTV-e).

“Ahora, más lógicamente, se toma como válida la certificación de la planta procesadora de dicha madera, evitando el segundo paso”, explicó Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, en un posteo en la red X. “Cada trámite menos es una capa de costos menos”, subrayó.
Hasta ahora, además del certificado del tratamiento que debía emitir la planta donde se procesaba la madera, cada empresa que utilizaba embalajes (por ejemplo, un productor que exportaba frutas) tenía que hacer un trámite individual ante el Senasa. Esto implicaba más tiempo, costos y carga burocrática. A partir de ahora, ese paso ya no será necesario.
Según explicó el funcionario, esto “resuelve una molestia innecesaria a la producción”.
“La cosa es así: como la madera puede ser transmisora de plagas, el comercio que se realiza con envases de madera requería un certificado de tratamiento. Pues resulta que no solo la madera tenía que tenerlo, sino que cada productor que usaba madera debía hacer un trámite independiente con el Senasa para constatar que la madera que usaba estaba tratada. Para que visualicemos de lo que se trata. Si vendo mármol y lo empaco con madera, ese marmolero tenía que hacer un trámite en Senasa. Ahora ya no es necesario”, agregó.
La medida se fundamenta en distintas normativas nacionales e internacionales. Por un lado, la Ley 27.233, que declara de interés nacional la sanidad vegetal y establece que todos los actores de la cadena son responsables de garantizar la inocuidad de sus productos. Por otro, la Ley 27.742 (Ley de Bases), que promueve una administración pública más ágil y eficiente.

Además se alinea con la adhesión de la Argentina a la Norma Internacional NIMF Nº 15 de la FAO, que exige que los embalajes de madera sean tratados contra plagas y cuenten con certificados e identificaciones emitidas por centros autorizados y controlados por autoridades fitosanitarias.
Entre los puntos salientes de la nueva normativa, se dispone que la autorización de establecimientos como los Centros de Aplicación de Tratamiento (Catem), Fábricas de Embalajes de Madera (FEM) y Hornos Secaderos (Hosetram) se obtenga mediante una declaración jurada digital a través de la plataforma TAD, que habilita automáticamente la actividad, con una fiscalización posterior en un plazo de 15 días hábiles.
También se exige una documentación técnica más detallada, incluyendo planos, manuales operativos y sistemas de trazabilidad inviolable. Asimismo se define el rol clave de los profesionales responsables técnicos, quienes deben supervisar los procesos y dejar constancia de cada operación en los libros de actas.
Otro aspecto relevante es que se elimina la exigencia de emitir el DTV-e para embalajes de madera usados como contenedores, lo que facilita su circulación dentro del territorio nacional. “Lo más libre posible de interferencias al mercado”, remarcó Sturzenegger.
Por su parte, la resolución establece un nuevo sistema de trazabilidad para identificar los embalajes, con códigos numéricos visibles que permiten rastrear su origen y tratamiento. También se contempla la suspensión de técnicos responsables en caso de incumplimientos y se exige una capacitación única, salvo cambios normativos sustanciales.
Finalmente, se aclara que los certificados de tratamiento emitidos por las plantas podrán ser utilizados como respaldo documental cuando los embalajes circulen por otros establecimientos que no estén registrados como Catema, FEM u Hosetram.
“Nos falta un largo trecho para llegar a la sociedad más libre que busca nuestro presidente Javier Milei. Lo más libre de Estado posible y lo más libre posible de interferencias al mercado. Pero avanzamos todos los días en esa dirección. VLLC!”, concluyó Sturzenegger.
Fuente: LA NACION