La defensa reclamó sin éxito que le devuelvan esa cifra en dólares, el monto máximo que se permite sacar sin declarar
El Tribunal Oral en lo Penal Económico 1 de la ciudad de Buenos Aires decomisó 10.000 dólares que habían sido secuestrados en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza a un ciudadano chileno condenado por intento de contrabando de divisas tras intentar salir del país con 59.138 dólares ocultos en su equipaje y ropa.
La resolución, firmada por la jueza de Cámara Sabrina Namer, cerró un debate que llevaba más de un año entre la defensa y la fiscalía: qué hacer con los USD 10.000 que no habían sido alcanzados por el decomiso previsto en la sentencia original. El fallo de 2024 había ordenado confiscar USD 49.138, pero el excedente -equivalente a la suma que puede sacarse del país sin declarar- quedó bajo custodia a la espera de que se definiera si debía devolverse o no.
El hallazgo
El ciudadano chileno fue detenido en febrero de 2020 cuando intentaba abordar un vuelo internacional. Según el expediente, llevaba el dinero fraccionado en fajos pequeños y oculto dentro de una valija carry on y entre la ropa allí guardada, con el objetivo de evitar su detección.
El tribunal destacó que el imputado “sabía de la prohibición vigente e igualmente intentó sustraer al control aduanero, mediante su ocultamiento, las divisas descubiertas”, según la sentencia. El fallo también remarcó la presencia de carteles informativos de la AFIP que advertían sobre el límite de USD 10.000 y la existencia de una declaración jurada aduanera previa firmada por el propio acusado, en la que había consignado no ingresar sumas superiores a ese monto.
La condena
El 14 de noviembre de 2024, el TOPE Nº1 lo condenó a dos años y dos meses de prisión en suspenso, más la inhabilitación para el comercio, la inhabilitación perpetua para ejercer en fuerzas de seguridad y otras restricciones. También ordenó el decomiso de USD 49.138, es decir, de todo lo que excedía el límite legal.
El resto —los USD 10.000— quedó pendiente porque se había iniciado una investigación paralela por posible lavado de dinero, que después terminó archivada con un sobreseimiento definitivo dictado por el Juzgado Penal Económico 11. Una vez cerrada esa pesquisa, la defensa reclamó la devolución del dinero.
Pero la fiscalía se opuso. En su dictamen advirtió que devolver la suma habilitada por ley iría contra el efecto preventivo de la pena: “Incentivaría a las personas a intentar exportar del país, en varias oportunidades, sumas apenas superiores a los USD 10.000 o a hacerlo mediante varias personas”, sostuvo. Y agregó que, de acuerdo con la jurisprudencia del Ministerio Público, todo el dinero ocultado —aun dentro del tope permitido— constituye objeto del delito.
La respuesta del tribunal
El tribunal consideró que la totalidad de los USD 59.138 formó parte del mismo hecho delictivo, ya que el condenado intentó egresar con esa suma sin declarar y con maniobras de ocultamiento. Por eso, entendió que los USD 10.000 debían tener el mismo destino que el resto del dinero.
“La totalidad del dinero secuestrado fue el objeto del delito”, sostuvo la resolución.
El tribunal rechazó el pedido de la defensa y ordenó que todo el dinero quede en poder del Estado.
“Intentar egresar del país con el dinero señalado en las condiciones descriptas, accionar que no logró consumarse por la intervención de las fuerzas de seguridad aeroportuarias, permite sostener fundadamente que la totalidad del dinero involucrado se encontraba íntimamente vinculado al delito investigado y respecto del cual recayó sentencia condenatoria firme”, concluyó la jueza Namer.
Fuente Infobae

