| La
piromanía es un trastorno del control de los impulsos. Otros
trastornos de ese tipo son las ludopatías (incapacidad para
controlarse en juegos de apuestas o loterías) y la cleptomanía
(incapacidad para controlar el deseo de hurtar cosas en tiendas).
Los pirómanos son enfermos que disfrutan provocando fuegos
y con la contemplación de sus consecuencias.
Su afición enfermiza suele iniciarse en la edad juvenil,
con mayor frecuencia en varones y especialmente en aquéllos
que destacan poco o nada por habilidades socialmente atractivas.
Suelen ser personas solitarias, grises, que no llaman la atención
por ninguna cualidad agradable.
Muchos de ellos expresan su atracción por el fuego participando
en programas de prevención, de forma voluntaria. Unos pocos
llegan a enrolarse en cuerpos de bomberos, pero lo más habitual
es que se trate de "espontáneos" dispuestos a echar
una mano siempre que un fuego estalla en sus cercanías. Otros,
son visitantes asiduos de los museos sobre fuego y de los parques
de bomberos.
Es importante señalar que no buscan móviles económicos
en sus fuegos, sino simplemente satisfacer su morboso apetito de
incendios y de las situaciones afines. El verano es una época
excelsa para dichos maníacos, pues resulta fácil,
por las condiciones climáticas, extender grandes áreas
de fuego a partir de pequeñas hogueras.
No existe tratamiento concreto para este tipo de enfermedad. El
mayor problema es la falta de motivación para curarse que
estos sujetos experimentan. El encarcelamiento, o la supervisión
de por vida, suele ser la única manera de prevenir la repetición
de sus actos.
El pirómano es aquella persona que provoca un incendio, disfruta
con ello e, incluso, se excita observando la acción del fuego.
La piromanía es una de las causas más importantes
de los incendios forestales que cada año (especialmente cada
verano) arrasan miles de hectáreas.
La piromanía presenta un perfil muy claro: coeficiente intelectual
por debajo de la media, deseo irrefrenable de prender fuego, necesidad
de observar sus espectaculares consecuencias y, generalmente, el
consumo abusivo de alcohol antes del siniestro.
Al pirómano, prender fuego le produce sensación de
bienestar, gratificación y liberación de la tensión.
Pero estas propiedades no eximen al pirómano que se arrepienta
con frecuencia, si no siempre, de lo que ha hecho. En realidad,
paradójicamente, suelen ser los primeros en avisar al vecindario
de la existencia del fuego e, incluso, se convierten en bomberos
improvisados y en los primeros voluntarios en ayudar a sofocarlo.
Se arrepienten porque no tienen intención de causar daño;
su problema es que sufren un trastorno de personalidad grave que
da lugar a una pérdida de control de impulsos. Los pirómanos
no se mueven por un motivo económico ni tampoco por venganza.
Simplemente son víctimas de un trastorno.
Esta particularidad es la que les distingue de cualquier otra persona
que provoque un incendio. Sólo se consideran pirómanos
a aquellos que causan el fuego y disfrutan, y que se excitan y liberan,
y que, al mismo tiempo sufren un trastorno de personalidad. Porque
a veces se confunde a los pirómanos con sociópatas
y antisociales que provocan incendios por venganza. Los expertos
en incendios explican que existe una tendencia a considerar pirómano
a todo el que provoca un incendio sin un móvil concreto.
Sin embargo, los especialistas coinciden en que no existen tantos
pirómanos como se puede deducir de las cifras de los incendios
intencionados.
Los medios para la prevención y la extinción de incendios
se modernizan y refuerzan cada año. Sin embargo, en cuanto
al tratamiento de los pirómanos, los especialistas no se
muestran tan esperanzados.
La piromanía es una enfermedad que suele manifestarse durante
la infancia. Actuar contra el trastorno en esa época podría
resultar positivo en algunos casos. Pero en la edad adulta la cosa
se complica. Los enfermos son tratables, aunque la edad agrava el
cuadro y dificulta el tratamiento.
En lo que se refiere a aspectos legales relacionados con la piromanía,
el Código Penal argentino, en su artículo 186, castiga
con penas de tres a diez años de reclusión o prisión
a cualquier persona que cause un incendio intencional.
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